Las ocho mentiras más burdas de los neoliberales
Pablo Dávalos A.
1. El “Estado obeso”
De todas las mentiras y manipulaciones del discurso neoliberal, quizá una de las que más han calado en la opinión pública es aquella que insiste en que hay “demasiado Estado”, y que eso se expresa por el excesivo gasto corriente y, sobre todo, aquel en sueldos y salarios. Es tan fuerte esta grosera manipulación que ha logrado una especie de consenso en la necesidad absoluta de disminuir el gasto corriente, como primer paso para disminuir, en una no muy afortunada metáfora y preferida por los neoliberales, “la grasa del Estado”. Se aplaude toda medida que recorta el gasto público, en especial aquellas que dejan sin trabajo a funcionarios públicos, aunque luego se reclame al Estado mayor atención en salud, educación, inversión social, seguridad y obra pública, y todos terminen quejándose del incremento del desempleo y del subempleo. Sin embargo, ¿es cierto que hay demasiado Estado? ¿Se puede “medir” al gasto del Estado? ¿Se debe recortar el gasto del Estado para así sanear las finanzas públicas? Ahora bien, la verdad es que no existe ningún “gasto excesivo del Estado”, por una sencilla razón: la Constitución de 2008 no lo permite. En efecto, en el Artículo 286 de la Constitución existe algo que se denomina “regla macrofiscal” y que expresa lo siguiente: “Los egresos permanentes se financiarán con ingresos permanentes. Los egresos permanentes para salud, educación y justicia serán prioritarios y, de manera excepcional, podrán ser financiados con ingresos no permanentes”. Esto significa que es el volumen de ingresos corrientes (básicamente impuestos) lo que financia el gasto corriente (básicamente sueldos y salarios). El gasto corriente no puede ser mayor al ingreso corriente. Y el ingreso corriente se sustenta en los impuestos que pagamos todos. Si el gasto corriente disminuye, por despidos en el sector público, eso no altera para nada “el tamaño del Estado”, porque ese tamaño está definido ex ante por la relación entre ingreso y gasto público de acuerdo a la regla macrofiscal. Es decir, no hay, y no puede haber, gasto público sin su correlato equivalente de ingreso público. Si se despiden funcionarios públicos, se contrae la demanda agregada interna con efectos recesivos para toda la economía, se generan costos de transacción a los usuarios de los sistemas públicos, se producen asimetrías de información en los servicios públicos, se deteriora la calidad del servicio público generando externalidades negativas a toda la sociedad, pero esos despidos no alteran un milímetro el tamaño del Estado y tampoco generan ningún ahorro público. Además, cuatro de cada cinco empleos públicos están en el sector social y en la seguridad pública. En consecuencia, insistir en el excesivo tamaño del Estado, es una grosera mentira y, para los directamente involucrados en los despidos, es una cruel manipulación. Si el ingreso corriente crece producto de una mejor recaudación tributaria, crece también, aunque en menor proporción, el gasto corriente. Si disminuye por la crisis, también lo hace el gasto corriente aunque es necesario precisar no necesariamente en la parte de sueldos y salarios. Justamente para eso está la regla macrofiscal, para regular el tamaño del Estado de acuerdo al movimiento de la economía. En conclusión: no hay, y no puede haber, un gasto excesivo del Estado. El Estado no tiene “grasa”. No necesita adelgazarse. Los neoliberales, y sus corifeos, mienten, manipulan y muchos de ellos repiten como tópico la necesidad de disminuir el gasto corriente del Estado, y lo hacen sea por razones ideológicas o por ignorancia.
2. La falsa relación entre el gasto corriente y el déficit fiscal
Concomitante a la mentira del excesivo gasto corriente del Estado, existe otra manipulación que también tiene que ver con la ignorancia o con la mala fe (o ambas); y es la falsa relación que se hace entre gasto corriente y déficit fiscal. La verdad quizá asombre a muchos, pero el gasto público corriente no tiene nada que ver con el déficit fiscal (ni con su correlato, el superávit fiscal). Como se vio, el gasto fiscal corriente (o permanente) está atado al ingreso fiscal permanente por la regla macrofiscal. Empero, además de los ingresos permanentes, el Estado recibe ingresos no permanentes, que corresponden, en lo fundamental, a las transferencias que hacen al Estado las empresas públicas, en especial, la empresa pública de petróleos y la empresa pública de telecomunicaciones. Los ingresos no permanentes financian básicamente: (i) el plan anual de inversiones; y, (ii) el pago del servicio de la deuda externa pública. Ahora bien, puede ser que las transferencias que recibe el Estado de estas empresas públicas, amén de regalías por otros servicios, no alcancen a financiar ni el Plan Anual de Inversiones ni el pago de los intereses de la deuda externa pública; si esto es así, entonces se produce una diferencia entre gastos e ingresos que se conoce justamente como déficit fiscal primario si el gasto primario es mayor que el ingreso primario (primario porque suma permanentes y no permanentes). El déficit fiscal primario se origina, por consiguiente, en la necesidad que el Estado tiene para financiar sus inversiones públicas o el pago del servicio de la deuda externa, por tanto el déficit nada tiene que ver con el gasto corriente. Como el déficit primario tiene que financiar sea la inversión pública o los flujos de capital para pagar intereses de la deuda externa pública, la Constitución en el artículo 290 establece lo siguiente: “3. Con endeudamiento público se financiarán exclusivamente programas y proyectos de inversión para infraestructura, o que tengan capacidad financiera de pago. Sólo se podrá refinanciar deuda pública externa siempre que las condiciones sean más beneficiosas para el Ecuador”. Como puede apreciarse, esta disposición constitucional es coherente con la contabilidad fiscal y la regla macrofiscal. La Constitución autoriza contratar deuda externa para financiar el déficit fiscal que puede ser solamente en dos circunstancias: o el financiamiento de la inversión pública, o el pago del servicio de la deuda externa pública. La Constitución prohíbe contratar deuda pública externa para pagar gasto corriente, por la sencilla razón que el gasto corriente ya se financia por el ingreso corriente de acuerdo a la regla macrofiscal. Por ello, insistir en que el gasto corriente tiene que ver con el déficit fiscal cuando no es así, revela falta de probidad ética y moral, desconocimiento de las leyes, y un afán de mentir y manipular con el propósito de desinformar de manera intencional.
3. El mito del déficit fiscal y los subsidios a los combustibles
De la misma manera por la cual se ha mentido a la población con respecto al tamaño del Estado y con relación al gasto corriente como causante del déficit fiscal, también se ha manipulado a la sociedad con el tema de los subsidios a los combustibles y su relación directa con el déficit fiscal y con la programación presupuestaria. Se trata, nuevamente, de otra burda mentira. Otra vez, para asombro de la mayoría, no hay relación directa entre el pago de los subsidios a los combustibles y el presupuesto público. Existe una relación indirecta que se explicará a continuación, pero no existe una relación ni causal ni directa entre subsidios y presupuesto del Estado. Como se había explicado, la suma de los ingresos/gastos permanentes y no permanentes, configura el resultado primario, que también se lo conoce con el nombre de resultado sobre la línea. Debajo de esta línea consta toda la estrategia de financiamiento del Estado con respecto al déficit fiscal y al pago de la amortización de la deuda pública. A todo ello se le denomina resultado global. Ahora bien, ni en el resultado primario, ni en el resultado global, se incorpora el gasto para el subsidio a los combustibles, es decir, ese gasto no figura en el presupuesto fiscal, ¿por qué? Porque la Constitución no lo permite. En efecto, en el artículo 292 de la Constitución se establece lo siguiente: “El Presupuesto General del Estado es el instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y egresos del Estado, e incluye todos los ingresos y egresos del sector público, con excepción de los pertenecientes a la seguridad social, la banca pública, las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados”. Por lo tanto, en el presupuesto del Estado no pueden registrarse los gastos que hagan las empresas públicas (entre ellas la empresa pública de petróleos), porque estas empresas tienen un estatuto de autonomía reconocido por la Constitución (Art. 315 de la Constitución). Es la empresa pública Petroecuador, la que compra los derivados de petróleo, la que los vende al por mayor y al por menor, y la que pone la diferencia entre el costo de importación y el costo de venta y que se conoce como subsidio a los combustibles. Una vez que esta empresa ha pagado esa diferencia, transfiere sus excedentes al Estado que los registra como transferencias en la cuenta de ingresos no permanentes y con ello financia el Plan Anual de Inversiones y el pago del servicio de la deuda externa pública. Si se elimina el subsidio a los combustibles, la empresa pública puede transferir un monto mayor de recursos (en el caso que no haya decidido utilizarlos para sus propios programas de inversión interna), que se registran en la cuenta de ingresos no permanentes, y que solo pueden servir para financiar el plan anual de inversiones o el pago del servicio de la deuda externa pública, es decir, esos recursos no pueden ser destinados al pago sectorial de salud y educación, en donde la mayor inversión es en talento humano. Además, en la proforma del presupuesto fiscal, se añade una cuenta especial que tiene un nombre críptico: Cuenta de Financiamiento a Derivados Deficitarios (CFDD). En esta cuenta, separada de la proforma presupuestaria y sin incidencia alguna para el cálculo del déficit/superávit primario y global, se registra el costo probable de la importación de los derivados de combustibles sin considerar los ingresos por las ventas internas. En consecuencia, si se toman esos datos sin especificarlos, se produce una manipulación de datos, porque esos recursos no pueden ser utilizados para gasto corriente que es donde más se necesitan para el sector social y la seguridad interna y externa. Si se eliminan los subsidios para financiar al déficit fiscal primario, entonces el gobierno tiene que indicar si esos recursos van a la inversión pública o al pago del servicio de la deuda externa, y en ambos casos tiene que establecer los nuevos cambios al Plan Plurianual de Inversiones (aprobado, además, por la Asamblea Nacional) y en la estrategia de financiamiento de la deuda pública. Si no lo hace, y los elimina por puras razones contables, entonces está manipulando a su sociedad. En un Estado de derechos y justicia, el gobierno está obligado a cumplir con la Constitución y la ley, y no puede tomar decisiones por razones contables, porque la Constitución y la ley no se lo permiten.
4. La fábula del déficit fiscal como el problema más importante de la economía
De acuerdo a las leyes vigentes, el déficit fiscal está vinculado de forma específica a cubrir la diferencia entre ingresos y gastos no permanentes y no tiene relación alguna con los ingresos y gastos corrientes porque éstos están atados a la regla macrofiscal. Los gastos no permanentes, como se vio, en lo fundamental se destinan al Plan Anual de Inversiones y al pago del servicio de la deuda externa. En consecuencia, cuando existe déficit fiscal, lo más probable es que se tenga que financiar o el Plan Anual de Inversiones o el servicio de la deuda, o ambos. Si el déficit financia el Plan Anual de Inversiones, eso significa que el país tendrá a futuro una infraestructura pública que puede ayudar a su desarrollo económico. Si va al pago del servicio de la deuda externa pública, significa que el país tiene que renegociar esos intereses y tratar de cambiar deuda cara por deuda más barata. En este caso, el déficit es un indicador para que el gobierno tome decisiones sobre su deuda externa pública y trate de aliviar el peso que significan el pago de los intereses o sobre sus necesidades de desarrollo. En ambos casos, el déficit se convierte en indicador con consecuencias positivas para el conjunto de la economía. En efecto, si el déficit fiscal primario implica más deuda para financiar la inversión, entonces esa inversión pública generará a futuro más crecimiento económico, y ese crecimiento económico generará más empleo y será la señal para que el sector privado realice también más inversiones. Si el Estado decide construir infraestructura en electricidad, por ejemplo, y construye centrales hidroeléctricas y de esta forma cambia la matriz energética, produce un ahorro en el pago de la electricidad por el cambio en el uso de combustibles fósiles para las centrales termoeléctricas que dejarán de utilizarse porque han sido reemplazadas por hidroeléctricas, al tiempo que contribuye a la mitigación del calentamiento global. Con electricidad más barata, y más abundante, tanto consumidores como empresarios, tienen señales para ampliar el consumo y la inversión. Lo mismo si se construyen nuevas carreteras, caminos, autopistas, puertos, aeropuertos, entre otras obras de infraestructura. Igual situación si se construyen edificaciones y se las equipan para las universidades públicas, los hospitales y centros de salud, las unidades educativas para educación básica y bachillerato, entre otras. En todas estas circunstancias, la inversión pública estimula al crecimiento económico a través de su efecto multiplicador. Si esa inversión pública se la hizo a través del financiamiento al déficit fiscal, el resultado final fue, en el largo plazo, el crecimiento económico. En cambio, si la mayor parte del déficit fiscal se debe al pago del servicio de la deuda externa pública, el gobierno y las autoridades económicas deben implementar un plan de renegociación de esa deuda externa pública, a fin de reducir a futuro el déficit fiscal. Estas dos circunstancias son las únicas interpretaciones posibles del déficit fiscal, y en ambas puede apreciarse que no existe una correlación directa entre déficit fiscal y crisis económica, de hecho, no hay ninguna relación entre ellas. Sin embargo, se ha creado una retórica que linda con el mito: el principal problema de la sociedad es el déficit fiscal y hay que resolverlo a cualquier costo, dicen los neoliberales en todos los medios. Pero solo es un mito creado por los neoliberales. El principal problema de una economía del siglo XXI no es el déficit fiscal, sino el desempleo (y su correlato del subempleo), y es el principal problema económico, porque el empleo es la única posibilidad que tienen la mayoría de ciudadanos para obtener un ingreso monetario y satisfacer sus necesidades más importantes. Al ciudadano de la calle le es indiferente el déficit/superávit fiscal, pero no le es indiferente el empleo. De ello depende el bienestar de su familia. Cuando un gobierno decide atacar el déficit fiscal y, al hacerlo, pone en riesgo al empleo, está haciendo al revés las cosas, y está afectando de forma directa al bienestar de sus propios ciudadanos. Si el gobierno para corregir el déficit fiscal, despide empleos públicos (cuando nada tienen que ver con ello), y deja de realizar inversiones públicas (es decir, provoca desempleo y recesión en el largo plazo), el gobierno está atacando de forma directa a sus ciudadanos porque les está generando un escenario económico desfavorable para todos y tienen, ellos, por tanto, todo el derecho del mundo a ejercer su derecho a la resistencia, porque es la única forma que tienen para defender a sus familias y proteger su bienestar, ante una política económica que intenta agredirlos y vulnerarlos.
5. El mito del sobreendeudamiento público del anterior gobierno
Se trata de un tema espinoso porque en el actual contexto político la verdad transita por un sendero espinoso y estratégico, en el cual aquello que se enuncie puede ser utilizado por otras personas como argumento que los legitima a la vez que deslegitima a sus adversarios, pero hay que decir siempre la verdad a riesgo del estigma y la posibilidad de la manipulación, y esa verdad consiste en que el gobierno está utilizando a sus antiguos camaradas y aliados como víctimas propiciatorias de sus propios errores. Independientemente de los cálculos políticos que esta afirmación pueda suscitar, pero el volumen de endeudamiento externo creció de manera desmesurada en este gobierno y no en el anterior. O, si se quiere, el anterior gobierno, en sus últimos años, contrató un volumen muy desproporcionado de deuda que, sin embargo, se minimiza si se lo compara con el actual gobierno. Quizá habría que acudir, para demostrarlo, a una institución que no puede ser acusada de complicidad con el anterior gobierno (pero sí con el actual), el Fondo Monetario Internacional. En la página 38 de la Carta de Intención que el FMI suscribió con el gobierno en marzo de 2019, consta el cuadro No. 3, en el que se evidencia que el anterior gobierno incrementó la deuda de 12.6 mil millones de USD en el año 2014 a 28,1 mil millones de USD en el año 2016. Un crecimiento vertiginoso en poco tiempo sin duda alguna. Sin embargo, el gobierno actual incrementó la deuda a más de 41 mil millones de USD en apenas dos años y medio (2017-2019). Empero, lo que es curioso con el actual gobierno es que incrementó el volumen de deuda externa en más de 13 mil millones de USD, al mismo tiempo que decidió no realizar ninguna inversión pública, más bien al contrario, decidió desinvertir. En efecto, los datos establecen que en el periodo 2013-2016 la inversión pública total fue de 34,4 mil millones de USD, mientras que en el periodo 2017-2019, la inversión pública total cayó a 18,7 mil millones de USD. Sin embargo, hay una contradicción jurídica y económica importante: la Constitución establece que solo se puede contratar deuda externa sea para financiar el Plan Anual de Inversiones, o para el refinanciamiento de la deuda externa pública, si el gobierno recibió durante el periodo 2017-2019, alrededor de 20,5 mil millones de USD en ingresos no permanentes, ¿por qué endeudó al país en más de 13 mil millones de USD? Quizá la respuesta del gobierno sea el financiamiento del déficit global, pero el déficit global a fines del 2019 y para el periodo 2017-2019 fue de 9,4 mil millones de USD. Definitivamente, al gobierno no le cuadran las cuentas y, al parecer, la hipótesis que el gobierno contrató deuda para gasto corriente es plausible. Si lo hizo entonces rompió la Constitución y las leyes. En conclusión, hay sobreendeudamiento pero se trata de una deuda pública del actual gobierno y cuyo origen se conoce pero cuyo destino es incierto y un misterio. Algún momento se esclarecerá la verdad y es muy probable que los responsables de este endeudamiento irresponsable, cuando se les demande por el cumplimiento de la ley, aduzcan en su momento ser perseguidos políticos.
6. La flexibilización salarial (precarización) para reactivar la producción
Otro de los temas recurrentes en los medios de comunicación tanto del gobierno cuanto de los empresarios privados es la obsesión con la reducción de salarios para incentivar el empleo y reactivar la producción. A esa reducción de salarios, que incluye la desaparición de los derechos laborales, los empresarios la denominan “flexibilización laboral”. Se trata de una posición que recuerda al capitalismo del siglo XIX y sus orígenes manchesterianos (por la ciudad inglesa de Manchester, cuna del capitalismo salvaje del siglo XIX). Empero, la historia ha demostrado que la mejor opción que tiene el capitalismo son los altos salarios, no los salarios misérrimos, porque los altos salarios permiten una mejor capacidad de absorción de la producción interna y empujan hacia delante la innovación y la tecnología. Curiosamente, eso fue aplicado por un empresario norteamericano a inicios del siglo XX llamado Henry Ford, y no por ningún teórico socialista. El razonamiento de H. Ford fue que si pagaba a sus empleados lo suficiente para comprar sus autos, entonces podría expandir su negocio. Y eso fue exactamente lo que pasó. La historia reconoce a la iniciativa de Ford como “fordismo” y ahora forma parte de las teorías de la regulación del capitalismo. A partir de la experiencia del fordismo, los sindicatos lucharon por salarios que les permitan una capacidad de consumo por encima del costo de los denominados “bienes-salario”, que en nuestro caso se denominan “canasta básica”. Los países industrializados y que generan valor agregado se caracterizan precisamente por tener altos salarios y una fuerte estructura sindical. En Alemania, por ejemplo, los sindicatos forman parte del Comité de Administración de las empresas privadas, y la mayoría de las innovaciones tecnológicas de las empresas alemanas lo hacen los propios trabajadores. La teoría económica recogió la experiencia de Ford y la sistematizó en dos grandes líneas, la primera se denomina la paradoja de los costos de producción y fue desarrollada por un economista de origen polaco llamado M. Kalecki, que demuestra matemáticamente que los altos salarios de una industria conducen a mayor rentabilidad de esa industria y una más rápida expansión, a diferencia de las industrias con bajos salarios que tienden al estancamiento; y la otra fue desarrollada por J. M. Keynes, un economista inglés, que desarrolló el enfoque de demanda agregada en donde demuestra que lo que mueve a la economía es el consumo no la oferta (o la producción). La experiencia histórica y el desarrollo del capitalismo, dan la razón a ambos teóricos: aquello que reactiva la economía es el mercado, y en el mercado están los consumidores que deben tener la liquidez monetaria suficiente para absorber la producción y generar nuevos ciclos económicos. En consecuencia, insistir en que la reducción de salarios y la eliminación de los derechos laborales conduce a la reactivación de la economía y a la generación de empleo, es falso y es un retroceso histórico, hacia el capitalismo salvaje del siglo XIX. La reactivación de la economía y la generación de empleo, no están en la oferta, es decir, en las empresas, sino en la demanda, es decir, en los consumidores. Por ello ahora hay un desarrollo teórico tan intenso y tan profundo sobre el comportamiento del consumidor. La empresa competitiva y global reacciona al comportamiento del consumidor y toma el costo de salarios como un costo fijo. A la empresa competitiva del siglo XXI, le importa más conocer a sus consumidores que regatear el salario a sus trabajadores. Los altos salarios conducen a más innovación tecnológica y más competitividad sistémica. Luego de un proceso de acumulación originaria, los países tienden hacia la tecnología y la innovación por la vía de los incrementos salariales y el respeto a los sindicatos. Lamentablemente, los empresarios del país, en vez de apostar por la innovación, la tecnología, y la economía de la sociedad de la información, han decidido retroceder al siglo XIX y convertirse en rentistas, con el apoyo cómplice del gobierno.
7. La disminución de impuestos a los ricos financia las nuevas inversiones
Este argumento está en el centro del debate de la teoría económica vigente y es el sustento de numerosas investigaciones, muchas de ellas han dado origen a premios Nobel de Economía (independientemente de su cuestionamiento como premios Nobel). La idea subyacente es que los empresarios al disponer de mayor cantidad de liquidez producto de una reducción de impuestos directos, pueden utilizar esa liquidez para ampliar su volumen de producción, financiar la innovación tecnológica e invertir en los procesos de logística y ampliación de mercados a nivel global. Sin embargo, la experiencia histórica, los hechos, los datos y las investigaciones científicas al respecto, dan cuenta que eso nunca ocurrió, más bien al contrario, al disponer de mayor liquidez y por ende de mayores rentas, los empresarios consolidaron sus estrategias de control monopólico del mercado, no tuvieron el incentivo de invertir en tecnología e innovación, y utilizaron esos excedentes en la especulación financiera. Mientras que los empresarios nunca invirtieron los excedentes producto de la exoneración de impuestos directos en la producción ni en la innovación, el Estado tenía que endeudarse cada vez más en los mercados financieros para poder cumplir una agenda mínima de protección social y obra pública. La industria financiera actuó como una interfaz entre los Estados cada vez más necesitados de recursos y los nuevos inversionistas que colocaban sus rentas en esos mercados financieros globales. Se produjo así un quiebre social de consecuencias importantes, porque la debilidad de los Estados implicaba la debilidad de la sociedad en su conjunto, lo que se expresaba en indicadores de pobreza, exclusión, desigualdad, anomia, violencia social, mientras que al otro lado existía una elite empresarial que acumulaba cada vez más rentas en detrimento de toda la sociedad. Ahí consta el centro del debate a nivel mundial sobre la concentración del ingreso y que en EEUU ha adoptado el debate sobre el 99/1, es decir, en donde el 1 por ciento de la población (los más ricos) acaparan la riqueza del 99 por ciento del resto de la población. Ahí pueden encontrarse las raíces de las protestas sociales que prendieron al mundo desde el año 2007, incluyendo fines de 2019. La disminución de los impuestos a los ricos solo produce concentración del ingreso, desigualdad económica y polarización social, con la consiguiente fractura política e institucional. En el caso del Ecuador, las reformas legales que el gobierno emprendió desde el 2018 para favorecer a los más ricos, a través de exoneraciones e incluso perdones tributarios a obligaciones fiscales no pagadas, solamente originaron distorsiones en la contabilidad fiscal porque debilitaron la recaudación fiscal, concentración del ingreso (971 empresarios concentraron un volumen de ingresos de alrededor de 68 mil millones de USD en 2017, es decir, ni siquiera el 1 por ciento, sino el 0,01 por ciento), precarización laboral, desempleo, subempleo, desinversión privada, pérdida de innovación y desarrollo tecnológico. Es decir, los datos comprueban lo que establecen la teoría y las investigaciones académicas al respecto: la disminución de impuestos a los más ricos, es la mejor forma de destruir a una sociedad y a su capacidad de producción y distribución. Es una medida que solo hace más ricos a los más ricos, y más pobres a los pobres. Nunca genera empleo ni tampoco innovación.
8.La Carta de Intención con el FMI solo es un conjunto de sugerencias
¿Puede un país que ha suscrito un acuerdo de crédito con el FMI tomar sus recomendaciones de forma ecléctica y discrecional? En otros términos y luego que el FMI haya aprobado la concesión de una línea de crédito para un gobierno ¿tiene éste el suficiente margen de maniobra para cumplir con aquello que puede cumplir y dejar de lado aquello que no puede? ¿Puede utilizar su soberanía política para restringir el ámbito de acción del FMI? La respuesta es NO (así, con mayúsculas). Lamentablemente, las recomendaciones del FMI no son negociables y justamente por eso se llaman “condicionalidades” y por eso también se especifican una a una en el documento llamado Carta de Intención y que el FMI considera como el marco jurídico necesario e imprescindible que le permite su intervención sobre los países. Cuando un gobierno suscribe un acuerdo de crédito con el FMI, no tiene ningún margen de maniobra para negociar el cumplimiento de esas condicionalidades. En una especie de interpretación literal y que nada tiene que ver con la realidad, se considera que la firma de una “Carta de Intención” con el FMI es solo eso: una “intención” y, como sabemos, en el idioma español una intenciónes mantener un propósito que puede o no puede hacerse. Si se lo hace implica consecuencias, y si no se lo hace, simplemente las cosas quedan como están. Lastimosamente, las Cartas de Intención con el FMI no admiten esa interpretación literal. Las Cartas de Intención del FMI son documentos taxativos, es decir, no admiten discusión ni réplica. Son documentos vinculantes. La palabra “intención” es un artificio jurídico que el FMI utiliza para crear la ilusión que el documento ha sido redactado por las autoridades económicas del país y no por sus propios técnicos. Cuando las condicionalidades no llegan a cumplirse y, generalmente producto de cambios políticos en los países y sus gobiernos, las nuevas autoridades económicas deciden no seguir con el Acuerdo de Crédito con el FMI, entonces y solo entonces, se suspende la aplicación de las condicionalidades. Mientras tanto, los gobiernos tienen que cumplir obligatoriamente con lo prescrito en la Carta de Intención. Lo curioso del caso es que en el Ecuador, cuando se le consultó en 2019 a la Corte Constitucional por el estatuto jurídico-constitucional de la Carta de Intención con el FMI, en una interpretación que demuestra su escasa consistencia jurídica y su adscripción al poder de turno como condición de su propia existencia política, la Corte Constitucional se apegó a la interpretación literal de la palabra “intención” y consideró que mientras solo sea una “intención” ello no acarrea ni implica consecuencias jurídicas para el país. Por otra parte, para justificar su intervención, el FMI se apega al Artículo IV de su convenio constitutivo que data de 1944, y ello es curioso porque en ese artículo, la única potestad que se le da al FMI es generar créditos para los países que tienen problemas en balanza de pagos, a fin que puedan estabilizar su moneda y su tipo de cambio. Nunca se hace mención en el Artículo IV de las intervenciones estructurales en materia fiscal, financiera, crediticia, y en las variables del sector real. El FMI, en realidad, está interpretando a su antojo y de acuerdo a sus propias reglas, los límites y las posibilidades que le otorga el Artículo IV de su Convenio Constitutivo, y, al hacerlo, está contraviniendo normas expresas de la Convención de Viena sobre los Tratados Internacionales. Pero eso es otra historia. La moraleja es que el poder, desafortunadamente, siempre está por encima de la Constitución y la ley.
Mucho gusto economista, y me refiero con gusto porque su post refleja, a través de datos, leyes y lógica, las incoherencias que se presenta en el actual gobierno. Más allá de estos agradecimientos, me atrevo a que por favor me ayude con un tema que usted ha tocado anteriormente y ahora en este post también lo ha mencionado, es acerca de la condonación que se realizó a los morosos del país en búsqueda de liquidez. La cuestión que ronda por los medios son los 4 mil millones de dólares que se mencionan. En búsqueda de la verdad, no he encontrado la forma de cálculo de ese monto en un sitio veraz, a más de un post replicado por una página llamada El Libertario, en la que se presenta un monto que ronda los 2 mil millones. Tal vez usted podría guiarnos tanto a mí como a muchos otros con esa inquietud por favor. Muchas gracias
ResponderEliminarLos datos respecto al monto de la remisión, intereses, multas y recargos de la Ley de Crecimiento Económico, aprobada en agosto de 2018, pueden encontrarse en el siguiente sitio web: https://dolarizacion.ec
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